El 12 de febrero entró en vigencia la nueva institucionalidad migratoria en Chile, con la publicación del reglamento de la Ley 21.325 de Migraciones y Extranjería que crea el nuevo Servicio Nacional de Migraciones y reemplazará al Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior.
La nueva ley establece que es de competencia exclusiva del nuevo servicio el análisis y resolución de solicitudes de visa de residencia y que la Dirección General Consular de Cancillería (DIGECONSU), sólo tendrá competencia sobre las solicitudes de visa de residencia transitoria (turismo).
Este cambio implica nuevas categorías y subcategorías migratorias, las cuales entrarán en vigencia cuando se dicte el Decreto Supremo. Mientras tanto, seguirán vigentes las subcategorías establecidas en el Decreto Ley No 1.094 del año 1975.
Por esto, recomendamos a los ejecutivos y ejecutivas de nuestras empresas asesoradas que -previo a viajar a Chile con fines de negocio- revisen los requisitos correspondientes para obtención de visas y permisos.
Finalmente, informamos que la plataforma de trámites digitales del Servicio Nacional de Migraciones, se encuentra suspendida para adaptarse a una nueva plataforma digital que recibirá las nuevas solicitudes.